��ࡱ�>�� }�����|�����������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������} ��7EbjbjJ�J� zf(��j(��j=��������
�
�����$�������P/\�,�YJ����������I�I�I�I�I�I�ICL��Nv�I�������I�����J����R�����GD���I����@l�D������VE������RB*�G)J0YJ@B�oP`�oPT�D�DJoP�<Eh���������I�I�����YJ������������������������������������������������������������������������oP����������
��: GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 2da. Sesi�n
Legislativa Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 698
21 de agosto de 2025
Presentado por la se�ora Jim�nez Santoni
Referido a la Comisi�n de Educaci�n Arte y Cultura
LEY
Para establecer la �Ley para la Educaci�n Financiera Integral en las Escuelas de Puerto Rico�, a los fines de proveer a los estudiantes que cursan los niveles superiores de las escuelas p�blicas de Puerto Rico, e incentivar en las escuelas privadas, el conocimiento sobre educaci�n financiera de manera que nuestros j�venes se grad�en de escuela superior con las herramientas necesarias para gestionar sus finanzas de una manera efectiva; y para otros fines relacionados.
EXPOSICI�N DE MOTIVOS
La educaci�n financiera es vital para cualquier individuo que desee tener independencia econ�mica. En una econom�a globalizada y en constante cambio, la capacidad de tomar decisiones informadas financieramente hablando es fundamental para el bienestar individual, familiar y social. A pesar de la importancia de este conocimiento, muchos j�venes en Puerto Rico carecen de los conocimientos y las herramientas necesarias para gestionar sus finanzas de manera efectiva, lo que puede llevar a acumulaci�n de deudas, falta de ahorros, incapacidad para planificar el futuro y en �ltima instancia, una calidad de vida m�s limitada.
En el contexto actual, donde la econom�a y las finanzas influyen significativamente en las decisiones personales, familiares y sociales, la educaci�n financiera se ha convertido en un componente esencial para el desarrollo integral del individuo. Incluirla de manera sistem�tica en los grados intermedios y superiores representa una oportunidad para formar estudiantes m�s preparados, responsables y capaces de enfrentar los desaf�os del mundo moderno. Este informe tiene como prop�sito exponer los beneficios de integrar la educaci�n financiera de forma integral en estas etapas educativas, destacando sus implicaciones en la vida personal, acad�mica, social y econ�mica de los estudiantes, as� como su impacto positivo en el bienestar colectivo.
El establecimiento de esta ley busca abordar esta deficiencia mediante la integraci�n de la educaci�n financiera en el curr�culo de las escuelas p�blicas y la invitaci�n a las escuelas privadas a hacer lo propio. Al dotar a nuestros estudiantes de duod�cimo grado con conocimientos sobre ahorro, creaci�n de presupuestos, manejo de gastos, inversi�n y planificaci�n para el retiro, les estamos brindando las herramientas para construir un futuro financiero s�lido, fomentar el emprendimiento y contribuir al desarrollo econ�mico de Puerto Rico. Invertir en educaci�n financiera es invertir en el futuro de nuestra juventud y en la prosperidad de nuestra sociedad.
Proveer educaci�n financiera desde temprana edad contribuye a la formaci�n de h�bitos financieros saludables que acompa�ar�n al individuo durante toda su vida. Los estudiantes aprenden a presupuestar sus ingresos, ahorrar con objetivos espec�ficos, evitar gastos innecesarios y planificar financieramente con una visi�n de corto, mediano y largo plazo. Esta base de conocimientos los prepara para manejar de manera responsable sus recursos personales, evitando pr�cticas comunes como el sobreendeudamiento o el uso desmedido del cr�dito. Adem�s, les brinda las herramientas necesarias para tomar decisiones informadas sobre productos financieros como cuentas bancarias, pr�stamos estudiantiles, seguros, inversiones y tarjetas de cr�dito, lo que reduce los riesgos de cometer errores financieros perjudiciales. Esta preparaci�n les otorga mayor autonom�a al momento de enfrentar situaciones econ�micas propias de la vida adulta, como administrar el presupuesto universitario, independizarse o iniciar una carrera profesional. En este sentido, la educaci�n financiera se convierte en un mecanismo clave para promover la independencia econ�mica y el empoderamiento individual.
De igual forma, la incorporaci�n de la educaci�n financiera en el curr�culo acad�mico tambi�n potencia el desarrollo cognitivo de los estudiantes. Este tipo de ense�anza estimula el pensamiento cr�tico, el an�lisis l�gico y la resoluci�n de problemas reales, ya que los obliga a evaluar opciones, anticipar consecuencias y tomar decisiones razonadas. Adem�s, facilita la integraci�n de conocimientos interdisciplinarios, especialmente en �reas como las matem�ticas, la econom�a y la educaci�n c�vica. Al aplicar estos conceptos en contextos cotidianos, los estudiantes comprenden la utilidad pr�ctica de lo aprendido en el sal�n de clases, lo que mejora su motivaci�n y su rendimiento escolar. Asimismo, esta formaci�n les ayuda a desarrollar habilidades fundamentales para la vida, como la planificaci�n, la fijaci�n de metas, el manejo del riesgo y la responsabilidad personal. Estas capacidades trascienden el �mbito financiero y se reflejan en una actitud m�s organizada y estrat�gica hacia los retos acad�micos y personales.
Desde una perspectiva social, la educaci�n financiera contribuye a la equidad y al bienestar colectivo. Al ofrecer acceso universal a este conocimiento, se reduce la brecha de oportunidades entre estudiantes de distintos contextos socioecon�micos y se brindan herramientas concretas para romper ciclos de pobreza. Un estudiante con educaci�n financiera tiene mayor probabilidad de lograr estabilidad econ�mica, mejorar su calidad de vida y apoyar a su entorno familiar y comunitario. A nivel ciudadano, una juventud educada financieramente se convierte en una poblaci�n m�s informada, consciente y participativa. Estos j�venes entienden el valor de contribuir al sistema econ�mico mediante el cumplimiento de sus deberes fiscales, el consumo responsable y la inversi�n informada. Adem�s, la educaci�n financiera tiene un efecto multiplicador, ya que los conocimientos adquiridos en la escuela pueden transmitirse a otros miembros del hogar, generando un impacto positivo en la cultura financiera de la comunidad.
En t�rminos m�s amplios, la implementaci�n de programas de educaci�n financiera integral tiene beneficios directos para la estabilidad econ�mica y social del pa�s. Una poblaci�n que comprende los fundamentos financieros tiende a tomar decisiones m�s racionales, lo que disminuye la ocurrencia de crisis econ�micas personales y, por extensi�n, reduce la presi�n sobre los sistemas de ayuda gubernamental. Adem�s, las personas con una base financiera s�lida suelen estar menos afectadas por el estr�s econ�mico, lo cual incide favorablemente en su productividad laboral, su capacidad de emprendimiento y su bienestar general. Por otro lado, al fomentar una cultura de ahorro, inversi�n y planificaci�n, se sientan las bases para un crecimiento econ�mico sostenible y una ciudadan�a m�s resiliente ante los cambios del mercado y los retos globales. En este sentido, la educaci�n financiera deja de ser un beneficio individual para convertirse en una herramienta estrat�gica para el desarrollo nacional.
La educaci�n financiera integral en los grados superiores representa una inversi�n en el presente y en el futuro. Sus beneficios abarcan desde la mejora de las competencias personales y acad�micas de los estudiantes hasta la construcci�n de una sociedad m�s equitativa, informada y econ�micamente saludable. Por tanto, su implementaci�n en el sistema educativo debe ser considerada como una prioridad urgente en el dise�o de pol�ticas p�blicas orientadas al desarrollo sostenible y al fortalecimiento del capital humano del pa�s.
DECR�TASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Art�culo 1.- T�tulo.
Esta Ley se conocer� como �Ley de Educaci�n Financiera para la Juventud de Puerto Rico�.
Art�culo 2.- Pol�tica P�blica.
Ser� la pol�tica p�blica del Gobierno de Puerto Rico, se fundamenta en el compromiso de formar ciudadanos capaces, informados y autosuficientes, al brindarles una educaci�n que responda a los retos sociales y econ�micos que los j�venes enfrenten. Esta pol�tica p�blica reconoce que la educaci�n debe preparar al individuo de manera integral, incluyendo el desarrollo de competencias financieras que le permitan tomar decisiones informadas, manejar sus recursos con responsabilidad y contribuir de manera activa al crecimiento econ�mico del pa�s. Bajo esta visi�n, la educaci�n financiera no es un complemento, sino una necesidad curricular que responde a la realidad econ�mica de los estudiantes y sus familias.
Esta medida se enmarca en reducci�n de la desigualdad social y econ�mica, al garantizar que todos los estudiantes �sin importar su trasfondo socioecon�mico� tengan acceso a los conocimientos y herramientas necesarias para construir un futuro financiero estable. De esta forma, se promueve la equidad educativa, pues cierra brechas de conocimiento que hist�ricamente han favorecido a quienes tienen acceso a recursos externos o educaci�n privada.
Desde una perspectiva econ�mica, el gobierno asume como pol�tica p�blica el fomento del desarrollo econ�mico sostenible y el emprendimiento juvenil, entendiendo que una poblaci�n financieramente educada es m�s propensa a tomar decisiones responsables, generar oportunidades de negocio, participar en la econom�a formal y contribuir al fortalecimiento del sistema financiero del pa�s. De esta manera, se fortalece el capital humano como pilar del desarrollo socioecon�mico.
Por otro lado, la medida tambi�n apuesta a la innovaci�n curricular y modernizaci�n del sistema educativo, al integrar contenidos actualizados y relevantes para la vida contempor�nea. El Estado reconoce que preparar a los estudiantes para enfrentar la realidad econ�mica actual requiere m�s que conocimientos acad�micos tradicionales; implica dotarlos de habilidades pr�cticas que les permitan desenvolverse con �xito en un mundo financiero cambiante, digitalizado y complejo.
Art�culo 3.- Enmiendas al Curr�culo Educativo.
Se ordena al Departamento de Educaci�n de Puerto Rico, en consulta con expertos en finanzas, educaci�n y desarrollo curricular, analizar, desarrollar e implementar un m�dulo o curso obligatorio de educaci�n financiera para los estudiantes de 12mo grado en todas las escuelas p�blicas del sistema.
Este m�dulo o curso deber� abordar, como m�nimo, los siguientes temas:
Fundamentos de la Educaci�n Financiera: Conceptos b�sicos de ingresos, gastos, activos y pasivos.
Ahorro e Inversi�n: Importancia del ahorro, diferentes tipos de cuentas de ahorro e inversi�n (CETES, fondos mutuos, acciones b�sicas, etc�tera), inter�s compuesto y planificaci�n a corto y largo plazo.
Elaboraci�n y Manejo de Presupuestos: T�cnicas para crear y mantener un presupuesto personal y familiar, seguimiento de gastos, identificaci�n de gastos innecesarios y establecimiento de metas financieras.
Manejo de Cr�dito y Deuda: Conceptos b�sicos de cr�dito, c�mo construir un buen historial crediticio, riesgos de la deuda, tipos de pr�stamos (personales, estudiantiles, hipotecarios b�sicos) y estrategias para el manejo de deudas.
Conciencia en Gastos y Consumo Responsable: Diferencia entre necesidad y deseo, influencia de la publicidad, compras inteligentes y el impacto de las decisiones de consumo en la salud financiera.
Planificaci�n para el Retiro: Introducci�n a la importancia de la planificaci�n para el retiro, diferentes veh�culos de ahorro para el retiro (IRA, 401k � si aplica a un contexto local o se pueden adaptar a planes de pensiones) y la importancia de comenzar oportunamente.
Conceptos B�sicos de Impuestos: Introducci�n a los impuestos sobre ingresos y ventas y su impacto en las finanzas personales.
Protecci�n Financiera: Breve introducci�n a seguros (salud, vida, propiedad) y la importancia de la planificaci�n de emergencias.
El Departamento de Educaci�n establecer� un cronograma para la implementaci�n de este curr�culo, asegurando su puesta en marcha no m�s tarde del comienzo del a�o escolar 2026-2027.
Art�culo 4.- Invitaci�n a Escuelas Privadas.
Se exhorta encarecidamente a las escuelas privadas en Puerto Rico a incorporar un m�dulo o curso de educaci�n financiera similar al descrito en el Art�culo 3 en su curr�culo de 12mo grado.
El Departamento de Educaci�n pondr� a disposici�n de las escuelas privadas los materiales curriculares y recursos de capacitaci�n desarrollados para el sistema p�blico, con el fin de facilitar su adopci�n voluntaria.
Art�culo 5.- Capacitaci�n Docente.
El Departamento de Educaci�n desarrollar� y ofrecer� programas de capacitaci�n obligatorios para los maestros de 12mo grado que ser�n responsables de impartir el curso o m�dulo de educaci�n financiera.
Estos programas de capacitaci�n se enfocar�n en la pedagog�a de la educaci�n financiera, el dominio de los contenidos y las mejores pr�cticas para ense�ar estos conceptos de manera efectiva y atractiva para los estudiantes.
Art�culo 6.- Materiales Educativos y Recursos; Acuerdos Colaborativos.
a. El Departamento de Educaci�n ser� responsable de la creaci�n y distribuci�n de materiales educativos, gu�as did�cticas y recursos complementarios para apoyar la ense�anza de la educaci�n financiera.
b. Se fomentar�n y se establecer�n acuerdos colaborativos con agencias gubernamentales e instituciones del sector financiero para el desarrollo de estos recursos, la provisi�n de charlas, talleres, simulacros y la capacitaci�n a estudiantes y docentes. Las entidades con las que se podr�n estos acuerdos colaborativos podr�n incluir, pero no limitarse a:
1. La Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras (OCIF), para temas relacionados con la banca, pr�stamos y regulaciones financieras.
2. La Oficina del Comisionado de Seguros, para conceptos de seguros y gesti�n de riesgos.
3. La Comisi�n de Desarrollo Cooperativo (CDCOOP), para educar sobre el modelo cooperativo, el ahorro y el cr�dito cooperativo.
4. El Departamento de Hacienda, para aspectos de impuestos, contribuciones y responsabilidad fiscal.
5. Instituciones bancarias y asociaciones de banca y finanzas, para ofrecer perspectivas del sector privado, oportunidades de carrera y talleres pr�cticos sobre productos y servicios financieros.
6. Cooperativas de ahorro y cr�dito, para promover el ahorro, el cr�dito responsable y los principios cooperativos.
Estos acuerdos colaborativos buscar�n establecer programas de voluntariado, charlas de profesionales, visitas a instituciones financieras y el desarrollo conjunto de materiales did�cticos que enriquezcan la experiencia de aprendizaje de los estudiantes.
Art�culo 7.- Evaluaci�n y Revisi�n.
El Departamento de Educaci�n establecer� un mecanismo para evaluar la efectividad del programa de educaci�n financiera de manera peri�dica (al menos cada tres a�os) y realizar los ajustes necesarios al curr�culo y los materiales.
La evaluaci�n incluir� la retroalimentaci�n de estudiantes, maestros y padres, as� como la revisi�n de los resultados de aprendizaje.
Art�culo 8.- Financiamiento.
a. Los fondos necesarios para la implementaci�n de esta Ley provendr�n de asignaciones presupuestarias existentes del Departamento de Educaci�n y/o de asignaciones adicionales que se identifiquen a trav�s del presupuesto general de Puerto Rico.
b. Se autoriza al Departamento de Educaci�n a buscar y aceptar fondos federales, donaciones y patrocinios de entidades privadas que apoyen la educaci�n financiera.
Art�culo 9.- Cl�usula de Separabilidad.
Si cualquier disposici�n de esta Ley fuese declarada nula o inconstitucional por un tribunal de jurisdicci�n competente, la invalidez de dicha disposici�n no afectar� la validez de las dem�s disposiciones de esta Ley.
Art�culo 10.- Vigencia.
Esta Ley entrar� en vigor inmediatamente despu�s de su aprobaci�n.
PAGE 3
()+,/6BNQRhr��˼���ˀsf��˼��R>'h a�h0D�5�CJ4OJQJaJ4mH
sH
'h a�h0D�5�CJ$OJQJaJ$mH
sH
h6�H*OJQJmH
sH
h�:�H*OJQJmH
sH
h!U�OJQJmH