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PS 698 — “Para establecer la “Ley para la Educación Financiera Integral en las Escuelas de Puerto Rico”, a los fines de proveer a los estudiantes que cursan los niveles superiores de las escuelas públicas de Puerto Rico, e incentivar en las escuelas privadas, el conocimiento sobre educación financiera de manera que nuestros jóvenes se gradúen de escuela superior con las herramientas necesarias para gestionar sus finanzas de una manera efectiva; y para otros fines relacionados.”

PS 698 (Radicado)

Radicado text of PS 698.

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��: GOBIERNO DE PUERTO RICO 20ma. Asamblea 2da. Sesi�n Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO P. del S. 698 21 de agosto de 2025 Presentado por la se�ora Jim�nez Santoni Referido a la Comisi�n de Educaci�n Arte y Cultura LEY Para establecer la �Ley para la Educaci�n Financiera Integral en las Escuelas de Puerto Rico�, a los fines de proveer a los estudiantes que cursan los niveles superiores de las escuelas p�blicas de Puerto Rico, e incentivar en las escuelas privadas, el conocimiento sobre educaci�n financiera de manera que nuestros j�venes se grad�en de escuela superior con las herramientas necesarias para gestionar sus finanzas de una manera efectiva; y para otros fines relacionados. EXPOSICI�N DE MOTIVOS La educaci�n financiera es vital para cualquier individuo que desee tener independencia econ�mica. En una econom�a globalizada y en constante cambio, la capacidad de tomar decisiones informadas financieramente hablando es fundamental para el bienestar individual, familiar y social. A pesar de la importancia de este conocimiento, muchos j�venes en Puerto Rico carecen de los conocimientos y las herramientas necesarias para gestionar sus finanzas de manera efectiva, lo que puede llevar a acumulaci�n de deudas, falta de ahorros, incapacidad para planificar el futuro y en �ltima instancia, una calidad de vida m�s limitada. En el contexto actual, donde la econom�a y las finanzas influyen significativamente en las decisiones personales, familiares y sociales, la educaci�n financiera se ha convertido en un componente esencial para el desarrollo integral del individuo. Incluirla de manera sistem�tica en los grados intermedios y superiores representa una oportunidad para formar estudiantes m�s preparados, responsables y capaces de enfrentar los desaf�os del mundo moderno. Este informe tiene como prop�sito exponer los beneficios de integrar la educaci�n financiera de forma integral en estas etapas educativas, destacando sus implicaciones en la vida personal, acad�mica, social y econ�mica de los estudiantes, as� como su impacto positivo en el bienestar colectivo. El establecimiento de esta ley busca abordar esta deficiencia mediante la integraci�n de la educaci�n financiera en el curr�culo de las escuelas p�blicas y la invitaci�n a las escuelas privadas a hacer lo propio. Al dotar a nuestros estudiantes de duod�cimo grado con conocimientos sobre ahorro, creaci�n de presupuestos, manejo de gastos, inversi�n y planificaci�n para el retiro, les estamos brindando las herramientas para construir un futuro financiero s�lido, fomentar el emprendimiento y contribuir al desarrollo econ�mico de Puerto Rico. Invertir en educaci�n financiera es invertir en el futuro de nuestra juventud y en la prosperidad de nuestra sociedad. Proveer educaci�n financiera desde temprana edad contribuye a la formaci�n de h�bitos financieros saludables que acompa�ar�n al individuo durante toda su vida. Los estudiantes aprenden a presupuestar sus ingresos, ahorrar con objetivos espec�ficos, evitar gastos innecesarios y planificar financieramente con una visi�n de corto, mediano y largo plazo. Esta base de conocimientos los prepara para manejar de manera responsable sus recursos personales, evitando pr�cticas comunes como el sobreendeudamiento o el uso desmedido del cr�dito. Adem�s, les brinda las herramientas necesarias para tomar decisiones informadas sobre productos financieros como cuentas bancarias, pr�stamos estudiantiles, seguros, inversiones y tarjetas de cr�dito, lo que reduce los riesgos de cometer errores financieros perjudiciales. Esta preparaci�n les otorga mayor autonom�a al momento de enfrentar situaciones econ�micas propias de la vida adulta, como administrar el presupuesto universitario, independizarse o iniciar una carrera profesional. En este sentido, la educaci�n financiera se convierte en un mecanismo clave para promover la independencia econ�mica y el empoderamiento individual. De igual forma, la incorporaci�n de la educaci�n financiera en el curr�culo acad�mico tambi�n potencia el desarrollo cognitivo de los estudiantes. Este tipo de ense�anza estimula el pensamiento cr�tico, el an�lisis l�gico y la resoluci�n de problemas reales, ya que los obliga a evaluar opciones, anticipar consecuencias y tomar decisiones razonadas. Adem�s, facilita la integraci�n de conocimientos interdisciplinarios, especialmente en �reas como las matem�ticas, la econom�a y la educaci�n c�vica. Al aplicar estos conceptos en contextos cotidianos, los estudiantes comprenden la utilidad pr�ctica de lo aprendido en el sal�n de clases, lo que mejora su motivaci�n y su rendimiento escolar. Asimismo, esta formaci�n les ayuda a desarrollar habilidades fundamentales para la vida, como la planificaci�n, la fijaci�n de metas, el manejo del riesgo y la responsabilidad personal. Estas capacidades trascienden el �mbito financiero y se reflejan en una actitud m�s organizada y estrat�gica hacia los retos acad�micos y personales. Desde una perspectiva social, la educaci�n financiera contribuye a la equidad y al bienestar colectivo. Al ofrecer acceso universal a este conocimiento, se reduce la brecha de oportunidades entre estudiantes de distintos contextos socioecon�micos y se brindan herramientas concretas para romper ciclos de pobreza. Un estudiante con educaci�n financiera tiene mayor probabilidad de lograr estabilidad econ�mica, mejorar su calidad de vida y apoyar a su entorno familiar y comunitario. A nivel ciudadano, una juventud educada financieramente se convierte en una poblaci�n m�s informada, consciente y participativa. Estos j�venes entienden el valor de contribuir al sistema econ�mico mediante el cumplimiento de sus deberes fiscales, el consumo responsable y la inversi�n informada. Adem�s, la educaci�n financiera tiene un efecto multiplicador, ya que los conocimientos adquiridos en la escuela pueden transmitirse a otros miembros del hogar, generando un impacto positivo en la cultura financiera de la comunidad. En t�rminos m�s amplios, la implementaci�n de programas de educaci�n financiera integral tiene beneficios directos para la estabilidad econ�mica y social del pa�s. Una poblaci�n que comprende los fundamentos financieros tiende a tomar decisiones m�s racionales, lo que disminuye la ocurrencia de crisis econ�micas personales y, por extensi�n, reduce la presi�n sobre los sistemas de ayuda gubernamental. Adem�s, las personas con una base financiera s�lida suelen estar menos afectadas por el estr�s econ�mico, lo cual incide favorablemente en su productividad laboral, su capacidad de emprendimiento y su bienestar general. Por otro lado, al fomentar una cultura de ahorro, inversi�n y planificaci�n, se sientan las bases para un crecimiento econ�mico sostenible y una ciudadan�a m�s resiliente ante los cambios del mercado y los retos globales. En este sentido, la educaci�n financiera deja de ser un beneficio individual para convertirse en una herramienta estrat�gica para el desarrollo nacional. La educaci�n financiera integral en los grados superiores representa una inversi�n en el presente y en el futuro. Sus beneficios abarcan desde la mejora de las competencias personales y acad�micas de los estudiantes hasta la construcci�n de una sociedad m�s equitativa, informada y econ�micamente saludable. Por tanto, su implementaci�n en el sistema educativo debe ser considerada como una prioridad urgente en el dise�o de pol�ticas p�blicas orientadas al desarrollo sostenible y al fortalecimiento del capital humano del pa�s. DECR�TASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO: Art�culo 1.- T�tulo. Esta Ley se conocer� como �Ley de Educaci�n Financiera para la Juventud de Puerto Rico�. Art�culo 2.- Pol�tica P�blica. Ser� la pol�tica p�blica del Gobierno de Puerto Rico, se fundamenta en el compromiso de formar ciudadanos capaces, informados y autosuficientes, al brindarles una educaci�n que responda a los retos sociales y econ�micos que los j�venes enfrenten. Esta pol�tica p�blica reconoce que la educaci�n debe preparar al individuo de manera integral, incluyendo el desarrollo de competencias financieras que le permitan tomar decisiones informadas, manejar sus recursos con responsabilidad y contribuir de manera activa al crecimiento econ�mico del pa�s. Bajo esta visi�n, la educaci�n financiera no es un complemento, sino una necesidad curricular que responde a la realidad econ�mica de los estudiantes y sus familias. Esta medida se enmarca en reducci�n de la desigualdad social y econ�mica, al garantizar que todos los estudiantes �sin importar su trasfondo socioecon�mico� tengan acceso a los conocimientos y herramientas necesarias para construir un futuro financiero estable. De esta forma, se promueve la equidad educativa, pues cierra brechas de conocimiento que hist�ricamente han favorecido a quienes tienen acceso a recursos externos o educaci�n privada. Desde una perspectiva econ�mica, el gobierno asume como pol�tica p�blica el fomento del desarrollo econ�mico sostenible y el emprendimiento juvenil, entendiendo que una poblaci�n financieramente educada es m�s propensa a tomar decisiones responsables, generar oportunidades de negocio, participar en la econom�a formal y contribuir al fortalecimiento del sistema financiero del pa�s. De esta manera, se fortalece el capital humano como pilar del desarrollo socioecon�mico. Por otro lado, la medida tambi�n apuesta a la innovaci�n curricular y modernizaci�n del sistema educativo, al integrar contenidos actualizados y relevantes para la vida contempor�nea. El Estado reconoce que preparar a los estudiantes para enfrentar la realidad econ�mica actual requiere m�s que conocimientos acad�micos tradicionales; implica dotarlos de habilidades pr�cticas que les permitan desenvolverse con �xito en un mundo financiero cambiante, digitalizado y complejo. Art�culo 3.- Enmiendas al Curr�culo Educativo. Se ordena al Departamento de Educaci�n de Puerto Rico, en consulta con expertos en finanzas, educaci�n y desarrollo curricular, analizar, desarrollar e implementar un m�dulo o curso obligatorio de educaci�n financiera para los estudiantes de 12mo grado en todas las escuelas p�blicas del sistema. Este m�dulo o curso deber� abordar, como m�nimo, los siguientes temas: Fundamentos de la Educaci�n Financiera: Conceptos b�sicos de ingresos, gastos, activos y pasivos. Ahorro e Inversi�n: Importancia del ahorro, diferentes tipos de cuentas de ahorro e inversi�n (CETES, fondos mutuos, acciones b�sicas, etc�tera), inter�s compuesto y planificaci�n a corto y largo plazo. Elaboraci�n y Manejo de Presupuestos: T�cnicas para crear y mantener un presupuesto personal y familiar, seguimiento de gastos, identificaci�n de gastos innecesarios y establecimiento de metas financieras. Manejo de Cr�dito y Deuda: Conceptos b�sicos de cr�dito, c�mo construir un buen historial crediticio, riesgos de la deuda, tipos de pr�stamos (personales, estudiantiles, hipotecarios b�sicos) y estrategias para el manejo de deudas. Conciencia en Gastos y Consumo Responsable: Diferencia entre necesidad y deseo, influencia de la publicidad, compras inteligentes y el impacto de las decisiones de consumo en la salud financiera. Planificaci�n para el Retiro: Introducci�n a la importancia de la planificaci�n para el retiro, diferentes veh�culos de ahorro para el retiro (IRA, 401k � si aplica a un contexto local o se pueden adaptar a planes de pensiones) y la importancia de comenzar oportunamente. Conceptos B�sicos de Impuestos: Introducci�n a los impuestos sobre ingresos y ventas y su impacto en las finanzas personales. Protecci�n Financiera: Breve introducci�n a seguros (salud, vida, propiedad) y la importancia de la planificaci�n de emergencias. El Departamento de Educaci�n establecer� un cronograma para la implementaci�n de este curr�culo, asegurando su puesta en marcha no m�s tarde del comienzo del a�o escolar 2026-2027. Art�culo 4.- Invitaci�n a Escuelas Privadas. Se exhorta encarecidamente a las escuelas privadas en Puerto Rico a incorporar un m�dulo o curso de educaci�n financiera similar al descrito en el Art�culo 3 en su curr�culo de 12mo grado. El Departamento de Educaci�n pondr� a disposici�n de las escuelas privadas los materiales curriculares y recursos de capacitaci�n desarrollados para el sistema p�blico, con el fin de facilitar su adopci�n voluntaria. Art�culo 5.- Capacitaci�n Docente. El Departamento de Educaci�n desarrollar� y ofrecer� programas de capacitaci�n obligatorios para los maestros de 12mo grado que ser�n responsables de impartir el curso o m�dulo de educaci�n financiera. Estos programas de capacitaci�n se enfocar�n en la pedagog�a de la educaci�n financiera, el dominio de los contenidos y las mejores pr�cticas para ense�ar estos conceptos de manera efectiva y atractiva para los estudiantes. Art�culo 6.- Materiales Educativos y Recursos; Acuerdos Colaborativos. a. El Departamento de Educaci�n ser� responsable de la creaci�n y distribuci�n de materiales educativos, gu�as did�cticas y recursos complementarios para apoyar la ense�anza de la educaci�n financiera. b. Se fomentar�n y se establecer�n acuerdos colaborativos con agencias gubernamentales e instituciones del sector financiero para el desarrollo de estos recursos, la provisi�n de charlas, talleres, simulacros y la capacitaci�n a estudiantes y docentes. Las entidades con las que se podr�n estos acuerdos colaborativos podr�n incluir, pero no limitarse a: 1. La Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras (OCIF), para temas relacionados con la banca, pr�stamos y regulaciones financieras. 2. La Oficina del Comisionado de Seguros, para conceptos de seguros y gesti�n de riesgos. 3. La Comisi�n de Desarrollo Cooperativo (CDCOOP), para educar sobre el modelo cooperativo, el ahorro y el cr�dito cooperativo. 4. El Departamento de Hacienda, para aspectos de impuestos, contribuciones y responsabilidad fiscal. 5. Instituciones bancarias y asociaciones de banca y finanzas, para ofrecer perspectivas del sector privado, oportunidades de carrera y talleres pr�cticos sobre productos y servicios financieros. 6. Cooperativas de ahorro y cr�dito, para promover el ahorro, el cr�dito responsable y los principios cooperativos. Estos acuerdos colaborativos buscar�n establecer programas de voluntariado, charlas de profesionales, visitas a instituciones financieras y el desarrollo conjunto de materiales did�cticos que enriquezcan la experiencia de aprendizaje de los estudiantes. Art�culo 7.- Evaluaci�n y Revisi�n. El Departamento de Educaci�n establecer� un mecanismo para evaluar la efectividad del programa de educaci�n financiera de manera peri�dica (al menos cada tres a�os) y realizar los ajustes necesarios al curr�culo y los materiales. La evaluaci�n incluir� la retroalimentaci�n de estudiantes, maestros y padres, as� como la revisi�n de los resultados de aprendizaje. Art�culo 8.- Financiamiento. a. Los fondos necesarios para la implementaci�n de esta Ley provendr�n de asignaciones presupuestarias existentes del Departamento de Educaci�n y/o de asignaciones adicionales que se identifiquen a trav�s del presupuesto general de Puerto Rico. b. Se autoriza al Departamento de Educaci�n a buscar y aceptar fondos federales, donaciones y patrocinios de entidades privadas que apoyen la educaci�n financiera. Art�culo 9.- Cl�usula de Separabilidad. Si cualquier disposici�n de esta Ley fuese declarada nula o inconstitucional por un tribunal de jurisdicci�n competente, la invalidez de dicha disposici�n no afectar� la validez de las dem�s disposiciones de esta Ley. Art�culo 10.- Vigencia. Esta Ley entrar� en vigor inmediatamente despu�s de su aprobaci�n. PAGE 3 ()+,/6BNQRhr��˼���ˀsf��˼��R>'h a�h0D�5�CJ4OJQJaJ4mH

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