��ࡱ�>�� ������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������s ����bjbj�\�\ 7��6ij�6ijx~|�������jj�"�"F#F#F#����Z#Z#Z#8�#$�$\Z#�W�%%(%(%(%�->�-.�W�W�W�W�W�W�W�Z�]��WF#.�-�-"..�W�"�"(%(%i�W�0�0�0.��"(%�"8(%�W�0.�W�0�0��P0.#JS(%����`��ld�������/��Q$~W�W0�W�Qh ^�0@ ^HJSJS ^F#^S ..�0.....�W�W�0...�W....�������������������������������������������������������������������� ^.........jR�!: GOBIERNO DE PUERTO RICO
20 ma. Asamblea 1ra. Sesi�n
Legislativa Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
R. C. del S. 31
INFORME POSITIVO 10 de abril de 2025
AL SENADO DE PUERTO RICO
La Comisi�n de Salud del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideraci�n de la Resoluci�n Conjunta del Senado 31, recomienda a este Alto Cuerpo su aprobaci�n, con las enmiendas que se incluyen en el Entirillado Electr�nico que se acompa�a.
ALCANCE DE LA MEDIDA
La Resoluci�n Conjunta del Senado 31 propone ordenar a la Administraci�n de Servicios de Salud (ASES) la creaci�n de un Comit� de Estudio sobre las tarifas de pago a m�dicos bajo Medicaid en Puerto Rico, a los fines de evaluar la disparidad existente en comparaci�n con las tarifas federales, analizar su impacto en la retenci�n de profesionales de la salud y la calidad de los servicios m�dicos, y presentar recomendaciones para garantizar pagos equitativos a los proveedores de salud en la Isla.; y para otros fines relacionados.
AN�LISIS DE LA MEDIDA
Seg�n se desprende de la Exposici�n de Motivos de la medida, el sistema de salud de Puerto Rico enfrenta una crisis estructural que ha impactado negativamente la accesibilidad y calidad de los servicios m�dicos disponibles para la poblaci�n. La insuficiencia de especialistas y la sobrecarga de trabajo que enfrentan los m�dicos han sido exacerbadas por la constante emigraci�n de profesionales de la salud hacia los Estados Unidos continentales. Esta problem�tica tiene ra�ces en la disparidad en los pagos que reciben los m�dicos que atienden pacientes bajo el programa de Medicaid en la Isla, en comparaci�n con sus hom�logos en otras jurisdicciones federales.
Se se�ala, adem�s, que la falta de un sistema equitativo de tarifas de pago a los m�dicos genera consecuencias adversas en distintos niveles. En primer lugar, afecta la estabilidad financiera de los profesionales de la salud, quienes enfrentan un modelo de compensaci�n que no reconoce el alto costo de operaci�n en Puerto Rico. La diferencia en tarifas ha alcanzado hasta un 30% menos en comparaci�n con los est�ndares federales, lo que ha incentivado la migraci�n de m�dicos hacia lugares donde reciben una compensaci�n m�s justa. Esta fuga de talento m�dico ha resultado en una reducci�n cr�tica en la disponibilidad de especialistas, prolongando los tiempos de espera para los pacientes y disminuyendo la calidad del servicio de salud.
Asimismo, la desigualdad en los pagos impacta directamente a los beneficiarios de Medicaid, quienes son los m�s vulnerables dentro del sistema de salud. La falta de m�dicos disponibles en la red de Medicaid genera barreras en el acceso a servicios esenciales, lo que se traduce en mayores dificultades para la detecci�n temprana y el tratamiento de condiciones m�dicas cr�nicas. Esto no solo afecta la salud p�blica, sino que adem�s representa un aumento en los costos operacionales para el sistema de salud, ya que los pacientes terminan requiriendo atenci�n de emergencia en lugar de recibir intervenciones preventivas.
Es necesario fortalecer la regulaci�n actual e identificar mecanismos adicionales que garanticen que las aseguradoras cumplan con principios de equidad en sus estructuras tarifarias. Hasta la fecha, no se han implementado pol�ticas de transparencia en la publicaci�n de las tarifas utilizadas por las aseguradoras, lo que ha dificultado la fiscalizaci�n y el desarrollo de estrategias correctivas. A ra�z de esto, la autora de la medida considera imperativo establecer un comit� de evaluaci�n que permita diagnosticar con precisi�n la magnitud del problema y proponer soluciones viables que protejan tanto a los proveedores de salud como a los pacientes.
Esta Resoluci�n Conjunta ordena la creaci�n de un Comit� de Evaluaci�n de Tarifas de Medicaid, con la participaci�n de la Oficina del Comisionado de Seguros, el Departamento de Salud y ASES, quienes tendr�n la responsabilidad de analizar la situaci�n actual, identificar las causas de la disparidad en los pagos y presentar recomendaciones concretas para garantizar un sistema de compensaci�n justo y equitativo para los m�dicos en Puerto Rico. Adem�s, este comit� deber� evaluar modelos exitosos en otras jurisdicciones, identificar oportunidades para la reestructuraci�n de contratos con aseguradoras y formular estrategias de retenci�n de profesionales de la salud.
ALCANCE DEL INFORME
Como parte del proceso de an�lisis y evaluaci�n de la R. C. del S. 31, la Honorable Comisi�n de Salud del Senado solicit� los comentarios sobre la medida a diversos componentes gubernamentales y no gubernamentales. Los memoriales recibidos y utilizados para el an�lisis de esta pieza legislativa son: Administraci�n de Seguros de Salud (ASES), Oficina del Comisionado de Seguros (OCS), Universidad de Puerto Rico- Recinto de Ciencias M�dicas, Asociaci�n de Hospitales de Puerto Rico y COOPHARMA.
Igualmente, se solicitaron los comentarios al Departamento de Salud (DS), Colegio de M�dicos Cirujanos de Puerto Rico y Asociaci�n Farmacias de Comunidad de Puerto Rico (AFCPR) no obstante, al momento de redactar este Informe, estos no han remitido los mismos.
A continuaci�n, presentaremos un resumen de los argumentos y comentarios esbozados por las diferentes agencias y entidades consultadas durante el proceso de evaluaci�n de la medida en referencia.
ADMINISTRACI�N DE SEGUROS DE SALUD (ASES)
Luego de examinar la pieza legislativa de referencia, la Administraci�n de Seguros de Salud (ASES) present� su Memorial Explicativo por conducto de su Directora Ejecutiva Interina, Lymari Col�n Rodr�guez, en el cual la Agencia expres� su perspectiva sobre el asunto ante nuestra consideraci�n.
Revel�, que el Plan Vital tiene una poblaci�n certificada de conformidad al Programa Medicaid de aproximadamente de 1,054,054 beneficiarios en Puerto Rico. Hoy, aproximadamente, el 46% del total de la poblaci�n de Puerto Rico recibe su cubierta de salud a trav�s del Plan Vital. Es decir, el 4.6 de cada 10 puertorrique�os reciben servicios de un proveedor de salud a trav�s del Plan de Salud del Gobierno de Puerto Rico. A�adi�, que actualmente la ASES trabaja con una asignaci�n federal que constituye un 76% del Federal Medical Assistance Percentage ascendiente a $3.3 billones que se suma a un pareo estatal representativo de un 24% el cual asciende a $742 millones, aproximadamente.
La ASES insisti�, que, desde su creaci�n, ha buscado coordinar y regular los servicios bajo este modelo, lo que ha permitido una mejor gesti�n del presupuesto destinado a la salud p�blica y una mayor cobertura para los ciudadanos. No obstante, acept� estar consciente de la problem�tica de la retenci�n de proveedores m�dicos en Puerto Rico, la cual es un tema cr�tico que afecta la calidad y el acceso a servicios de la salud en la isla.
La ASES abord� en su Memorial varios temas esenciales:
Establecer un pago m�nimo obligatorio equivalente a las tarifas federales de Medicaid para todos los servicios m�dicos cubiertos bajo este programa.
La ASES consciente de la problem�tica que acarrea la retenci�n de los proveedores m�dicos incluyendo m�dicos, enfermeras y otros profesionales de la salud, indic� haber establecido un mecanismo que garantizan que se paguen las tarifas autorizadas de conformidad al Programa Medicaid para Puerto Rico. Como parte de las iniciativas, en el a�o 2023 fij� un m�nimo en las tarifas de pago para todos los m�dicos primarios del Plan Vital.
Esboz�, que, a partir de enero del 2023, fij� una tarifa de pago a los m�dicos especialistas y profesionales de la salud equivalente a un 80% del Medicare Fee Schedule vigente y un pago m�nimo equivalente al 100% del Medicare Fee Schedule vigente en el caso de subespecialidades en �reas de dif�cil reclutamiento tales como cirujanos ortop�dicos, cirujanos cardiovasculares, neonat�logos, neur�logos, otorrinolaring�logos, reumat�logos, entre otros. Para la misma fecha, el pago m�nimo a los m�dicos primarios que contraten bajo acuerdo capitado, incluyendo generalistas, internistas, pediatras y m�dicos de familia, es por la cantidad de $18.00 por miembro por mes (PMPM). Previo a la implementaci�n de las nuevas tarifas, el Centro de Medicare y Medicaid (CMS por sus siglas en ingl�s) aprob� dicho pago a los PCPs de conformidad al 42 CFR 438.6(c).
Destac� la ASES, haber emitido las gu�as para la implementaci�n de las tarifas m�nimas de $18.00 PMPM para los GMP y los MCOs mediante las cartas normativas, 22-1031 y 22-1031A. Entre las exigencias de estricto cumplimiento, las gu�as establecen que GMP est� obligado a cumplir con los requerimientos de pago de $18.00 PMPM a PCP. Adem�s, seg�n la Carta Normativa 23-0605 todos los MCOs deb�an estar en cumplimiento con este requerimiento en o antes del 30 de junio de 2023.
La ASES aclar�, que, bajo este nuevo modelo, los pagos m�nimos a los m�dicos primarios son un pago base que no est� sujeto al alcance de las m�tricas de calidad u otras m�tricas de ejecuci�n. Este pago de $18.00 PMPM se aplica a m�dicos contratados por los MCOs y por grupos m�dicos primarios (GMP) en calidad de �staff�. De conformidad a lo anterior los $18.00 PMPM es un pago m�nimo que tiene que ser garantizado y pagado por los MCOs y/o GMP. No obstante, enfatiz�, que nada impide que ambos puedan contratar con sus proveedores el pago de una cantidad mayor.
La ASES argument� haber sido proactivo para lograr garantizar el pago de las tarifas justas a los proveedores, muestra de ello los es las normativas que ha generado de forma continua con el prop�sito de validar el cumplimento con el pago m�nimo requerido para los proveedores aprobado por CMS y FOMB.
Facultades de la Administraci�n de Seguros de Salud de Puerto Rico (ASES) en la fiscalizaci�n y cumplimiento de esta disposici�n.
El Art�culo IV, Secci�n 2 de la Ley 72-1993, supra, faculta a la ASES no solo a negociar y contratar a los MCOs, sino que adem�s la faculta para poder realizar todos los actos necesarios y convenientes para llevar a cabo los prop�sitos de la Ley. Amparado en esta rresponsabilidad, la ASES declar� realizar evaluaciones peri�dicas para monitorear el cumplimiento de los MCOs, los Grupos M�dicos Primarios (PMG) y todas las organizaciones m�dicas dentro del Plan Vital. A�adi�, que esta autoridad se fundamenta en el C�digo de Regulaciones Federales (CFR), que establece las normas y requisitos que deben seguir las organizaciones de servicios de salud de conformidad al Programa Medicaid. Asegur�, realizar auditor�as, revisiones y evaluaciones para asegurar que las aseguradoras cumplan con los est�ndares establecidos, protegiendo as� los derechos de los beneficiarios y promoviendo un sistema de salud eficiente.
Inform�, que, en el ejercicio de sus deberes y atenci�n a los prop�sitos de su creaci�n, la ASES tiene dentro de su estructura operacional la Oficina de Cumplimiento, �rea administrativa que tiene la responsabilidad de monitorear el cumplimiento de las leyes y regulaciones que rigen el sector del seguro de salud del Gobierno de Puerto Rico. De esta forma, se aseguran de que los MCOs, PMG, PCP y organizaciones de salud cumplan con los requisitos establecidos por el Programa Medicaid y el Plan Vital.
Expuso, adem�s, que la Oficina de Cumplimiento tiene jurisdicci�n para investigar denuncias o irregularidades relacionadas con la prestaci�n de servicios por parte de las aseguradoras incluyendo denuncia de proveedores y organizaciones de salud con relaci�n al pago de sus tarifas, as� como examina los servicios de salud en general, tambi�n eval�a la practicas comerciales de las aseguradoras. Adujo, que la Oficina de Cumplimiento realiza intervenciones peri�dicas a los MCOs para verificar la correcta aplicaci�n de las pol�ticas y procedimientos establecidos, as� como para evaluar su desempe�o en t�rminos de atenci�n al cliente y accesibilidad a los servicios.
A�adi�, la ASES que, dentro de sus funciones, la Oficina de Cumplimiento, luego de investigar y analizar una intervenci�n a los MCOs, tiene la facultad inherente de recomendar la imposici�n de sanciones econ�micas por incumplimiento de las aseguradoras. Al mismo tiempo, la Oficina de Cumplimiento act�a como un ente regulador que asegura que los MCOs operen dentro del marco legal establecido, protegiendo as� los derechos de beneficiarios y proveedores del sistema de salud del Plan Vital. Utilizan las siguientes herramientas de monitoreo: Comprehensive Oversight and Monitoring Plan (COMP) y Reporting Guide.
Imponer sanciones a las aseguradoras que incumplan con el pago de tarifas justas.
Por su parte, la Ley 72-1993, supra, faculta a la ASES a imponer multas, sanciones econ�micas y da�os l�quidos a cualquier aseguradora, organizaci�n de servicios de salud, proveedores de servicios contratadas por aseguradoras por violaciones a las leyes estatales, federales, reglamentos, y/o el contrato hasta el l�mite que esas leyes, contrato y reglamento permitan. Mientras que el Reglamento N�mero #8446, Reglamento para la Imposici�n de Multas y Sanciones Econ�micas y para Establecer Procedimiento para la Resoluci�n y Adjudicaci�n de Querellas Relacionadas del 3 de febrero de 2014, es el mecanismo que establece el procedimiento para la imposici�n de sanciones econ�micas a las aseguradoras que incumplen con las disposiciones de la Ley y ordenes que emita la ASES de conformidad al Programa Medicaid.
La ASES se�al� que los art�culos 19 y 20 del contrato para las provisiones del Plan Vital entre la ASES y las aseguradoras establecen un marco claro para la imposici�n de sanciones econ�micas en caso de incumplimiento. Explic�, que estos art�culos delinean las incidencias espec�ficas que pueden dar lugar a penalidades, tales como la negativa injustificada de servicios, el retraso en los pagos a los proveedores, o la falta de cumplimiento con las normativas establecidas.
Mecanismo de apelaci�n para m�dicos que reciban pagos inferiores a los establecidos por la presente ley.
Manifest� la ASES, que el �rea de Procedimientos Adjudicativos, se encuentra constituida por un Oficial Examinador y una Administradora de Oficina. Esta �rea es responsable de recibir las apelaciones administrativas presentadas por los beneficiarios, proveedores de servicios de salud y MCOs y eval�a cada caso para determinar su viabilidad y la necesidad de iniciar un proceso adjudicativo. Seg�n explic�, las decisiones emitidas en el �rea se hacen al amparo de la Ley 72-1993, supra, Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico, Ley N�m. 38 de 30 de junio de 2017, seg�n enmendada (en adelante Ley 38-2017), reglamentaci�n emitida por la ASES y los contratos que rigen los servicios del plan de salud del gobierno.
A�adi�, que el Procedimiento Adjudicativo es el mecanismo procesal existente para resolver, no solo las quejas presentadas por los beneficiarios, sino que se resuelven las reclamaciones presentadas por los proveedores m�dicos con relaci�n a pagos inferiores a las tarifas establecidas por la ASES.
La ASES afirm� haber actuado con diligencia en sus gestiones ante CMS y el gobierno federal para establecer tarifas justas para los m�dicos, las cuales sean comparables a las de otros estados. Adem�s, aclar� que no es correcto alegar que carece de las herramientas necesarias para intervenir y corregir disparidades o incumplimientos por parte de las aseguradoras, toda vez que la agencia cuenta con oficinas de cumplimiento, un �rea de Operaciones Cl�nicas con un equipo de estad�sticos que eval�a las utilizaciones del plan, adem�s de auditores externos contratados que llevan a cabo funciones de fiscalizaci�n efectivas.
Incluso, la Agencia asegur� estar receptiva a considerar recomendaciones para la enmienda de sanciones econ�micas. Reiter� que cuenta con un �rea especializada en la atenci�n de procesos adjudicativos, la cual opera con agilidad, diligencia y responsabilidad, demostrando su compromiso con la calidad y equidad en la atenci�n a la salud en Puerto Rico.
OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS (OCS)
De otra parte, esta Ilustre Comisi�n tuvo la oportunidad de examinar los comentarios presentados por la Oficina del Comisionado de Seguros quien present� su Memorial Explicativo por conducto del Comisionado, Lcdo. Alexander S. Adams Vega, expres�ndose a favor de la aprobaci�n de la medida.
La Oficina del Comisionado de Seguros favorece la aprobaci�n de la medida. En t�rminos generales, considera que en un esfuerzo por paliar la desigualdad existente en el poder de negociaci�n de los t�rminos contractuales y tarifarios entre proveedores de servicios de salud y los planes m�dicos del sector comercial que regula.
Destac�, previamente haber promovido enmiendas al Cap�tulo 31 del C�digo de Seguros de Puerto Rico, titulado �Negociaci�n Colectiva de Proveedores y Organizaciones de Servicios de Salud� por medio de la Ley N�m. 78-2024. Esto, con el prop�sito de habilitar que los proveedores de servicio de salud del sector privado puedan negociar colectivamente con los planes m�dicos comerciales las tarifas por sus servicios y los t�rminos de sus contratos, sin que con ello se impida la negociaci�n individual. Acentu�, que dicha medida, nivel� la desigualdad en el poder de negociaci�n de las tarifas y condiciones contractuales entre los planes m�dicos y los proveedores de servicios de salud lo que facilita una negociaci�n justa supervisada por el Estado. Adem�s, se proveyeron las pautas adecuadas promover el pago de una tarifa competitiva a los proveedores de salud del sector se seguros de salud comercial, as� como t�rminos y condiciones contractuales justas y razonable.
La OCS es de la opini�n que la encomienda de la presente Resoluci�n es necesaria para crear de un Comit� de Estudio sobre las tarifas de pago a m�dicos bajo Medicaid en Puerto Rico en pro de entender y evaluar la disparidad en el pago de tarifas con el prop�sito de aunar soluciones para lograr tarifas justas que ayuden a retener a profesionales de la salud. Adem�s, acogen favorablemente que se haya considerado que nuestra Oficina forme parte del comit� que habilitar�a esta Resoluci�n, ya que su perspectiva desde el sector comercial y la facultad para requerir informaci�n a los planes m�dicos puede aportar a la consecuci�n sus prop�sitos.
La OCS exterioriz� coincidir en que los proveedores de servicios de salud en Puerto Rico deben recibir una compensaci�n justa y equitativa alineada a favor de retener el talento m�dico y mejorar la prestaci�n de servicios de salud en la isla por lo que favorece los esfuerzos legislativos a estos fines.
UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO RECINTO DE CIENCIAS M�DICAS
Recibimos, de igual forma, la ponencia de la Universidad de Puerto Rico Recinto de Ciencias M�dicas la cual present� su memorial explicativo por conducto de su Rectora, Myrna L. Qui�onez Feliciano, en el cual se expres� a favor de la aprobaci�n de la medida.
Enfatiz� en primer lugar, que hay organismos esenciales que deben ser parte de este grupo de trabajo como lo es (1) la Puerto Rico Federal Affairs Administration (PRFAA), que es la Oficina de la Gobernadora de Washington DC, debe ser parte de este an�lisis, puesto que es la entidad que m�s puede asistir en la Capital Federal, al momento de proponer acciones congresionales o a nivel del Ejecutivo Federal y (2) la Autoridad de Asesor�a Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico (AAFAF), puesto que existen leyes aprobadas previamente que persiguen atender parte de este tema, que no han podido ser implementadas por objeciones de la Junta de Supervisi�n Fiscal. Ejemplo de ello es la Ley 90- 2019.
La UPR plante� que la Ley 90-2019 enmend� el �C�digo de Seguros de Puerto Rico� a los efectos de establecer como una pr�ctica prohibida que una organizaci�n de servicios de salud de Medicare Advantage o su representante acuerde con un proveedor de servicios el pago de una tarifa menor a la establecida para ese a�o por los Centros de Servicios Medicare y Medicaid Service (CMS) para Puerto Rico por los servicios provistos como proveedor de Medicare Advantage; as� como estableci� la prohibici�n a toda organizaci�n de servicios de salud de Medicare Advantage o su representante, incluyendo los manejadores y administradores de beneficios, de cancelar o terminar un contrato debidamente establecido con un proveedor o profesional de la salud sin justa causa; y para otros fines relacionados.
A la vez, recomend� que bajo el art�culo 3 (1), se amplie el �mbito de examen de este grupo de trabajo, a los fines de que no sean solamente las disparidades en los pagos de Medicaid, sino en los programas de Medicare Advantage y los pagos de aseguradoras comerciales, en comparaci�n con pagos por servicios similares en otras jurisdicciones de Uni�n Americana.
De manera similar, sugiri�, que, adicional al Colegio de M�dicos Cirujanos, se incluya como parte de la representaci�n de m�dicos al Colegio de Cirujanos Dentistas de Puerto Rico y otras organizaciones que representan a los proveedores de servicios de salud. De igual forma, considera importante que el Grupo de Trabajo pueda dar audiencia al Consejo Multisectorial de Salud, adscrito al RCM, el cual puede proveer insumo importante en la evaluaci�n que llevara a cabo el grupo de trabajo propuesto.
Por otro lado, referente al integrante de la UPR, recomend� que sea designado por el Presidente, en consulta con la Oficina de la Rectora del Recinto de Ciencias M�dicas.
Finalmente, enfatiz� que la encomienda de este Grupo de Trabajo es fundamental para identificar soluciones para reducir la fuga de profesionales de salud y mitigar el impacto que ello tiene sobre la prestaci�n de servicios de salud en un sistema que enfrenta diversos retos fiscales y de otra �ndole. Agreg� que, en la medida en que se reduzca la disparidad en el pago de proveedores a trav�s de diversos programas federales y �reas comerciales, podremos abonar a que los profesionales de salud que formamos en el Recinto decidan quedarse en Puerto Rico, dando servicios a nuestros pacientes.
La UPR afirm� que solo con la retenci�n amplia de los profesionales de salud que van siendo admitidos a la pr�ctica profesional, podremos renovar la plantilla de proveedores, y mantener o ampliar el nivel de proveedores que necesitamos para proveer un servicio de calidad a nuestra poblaci�n.
ASOCIACI�N DE HOSPITALES DE PUERTO RICO
La Asociaci�n de Hospitales de Puerto Rico present� su Memorial Explicativo en torno a la medida mostr�ndose a favor de su aprobaci�n por conducto de su Presidente Ejecutivo, Jaime Pl� Cort�s. La Asociaci�n de Hospitales de Puerto Rico, en adelante �la Asociaci�n�, es una organizaci�n privada, sin fines de lucro que agrupa la mayor�a de los hospitales de Puerto Rico, tanto p�blicos como privados. En la actualidad, su matr�cula est� integrada por hospitales y socios de otras categor�as, tales como Centros de Diagn�stico y Tratamiento, Centros de Salud Mental, Casas de Salud, Centros de Cirug�a Ambulatoria, Centros de Servicios Ambulatorios, Salas de Emergencia Independientes, Centros de Di�lisis, Hospicios e individuos relacionados con los servicios y las profesiones aliadas a la salud.
En cuanto a la R. C. del S. 31 destac�, que dicha iniciativa representa una oportunidad valiosa para fortalecer nuestro sistema de salud mediante un an�lisis exhaustivo de los mecanismos de compensaci�n a los profesionales m�dicos, lo que permitir� establecer par�metros m�s adecuados para garantizar la sostenibilidad de los servicios de salud en la Isla. Recomend�, que este estudio se extienda tambi�n a otros servicios tarifados, como laboratorios, rayos X y dem�s procedimientos diagn�sticos o terap�uticos, que son fundamentales para la atenci�n integral de los pacientes.
Se�al� la Asociaci�n de Hospitales que la creciente dificultad para retener profesionales m�dicos ha generado una presi�n adicional sobre nuestras instituciones, afectando directamente la capacidad de atender a los pacientes de manera oportuna y eficiente. Esta situaci�n no solo impacta la operaci�n diaria de los hospitales, sino que tambi�n limita el acceso a servicios esenciales para la poblaci�n, especialmente aquellos que dependen del programa Medicaid.
Considera, que la creaci�n del Comit� de Evaluaci�n permitir� un examen detallado de los factores que influyen en la retenci�n de profesionales de la salud, incluyendo los modelos de compensaci�n actuales. Este an�lisis es fundamental para desarrollar estrategias que promuevan condiciones laborales m�s atractivas y sostenibles para los m�dicos, lo que a su vez se traducir� en una mayor estabilidad para las instituciones hospitalarias. Expuso, que, al contar con la participaci�n de diversos sectores, incluyendo representantes gubernamentales, acad�micos y profesionales de la salud, el Comit� podr� ofrecer recomendaciones basadas en evidencia que beneficien a todo el sistema.
La Asociaci�n se comprometi� a colaborar activamente en el trabajo del Comit�, toda vez que su experiencia en la administraci�n hospitalaria y en la atenci�n a pacientes les permite aportar una perspectiva valiosa sobre las necesidades reales de las instituciones de salud y los profesionales que laboran en ellas. Expres� que, con este di�logo multisectorial, se podr�n identificar soluciones pr�cticas que mejoren la calidad de los servicios m�dicos y fortalezcan la capacidad de respuesta de nuestros hospitales.
Concluy� manifestando su apoyo a la aprobaci�n de esta pieza legislativa es un paso necesario para avanzar hacia un sistema de salud m�s robusto y equitativo.
COOPHARMA
COOPHARMA curs� sus comentarios a esta Distinguida Comisi�n avalando la aprobaci�n de la pieza legislativa objeto de evaluaci�n. Los mismos estuvieron suscritos por su Director Ejecutivo, Heriberto Ortiz Mart�nez.
Record�, que a pesar de que Puerto Rico es parte de los Estados Unidos y sus ciudadanos son ciudadanos estadounidenses que cumplen con las responsabilidades fiscales del sistema de Medicare y Medicaid, cuando se trata de recibir los beneficios de estos programas, la isla se enfrenta a un trato desigual. Los reembolsos de Medicare en Puerto Rico son aproximadamente un 40% m�s bajos que en los estados, y los fondos de Medicaid se distribuyen con un tope arbitrario que no se impone a los estados.
Recalc�, que esta desigualdad significa que, aunque nuestros m�dicos, farmacias y hospitales proveen los mismos servicios de calidad, reciben menos compensaci�n por ellos. Plante�, que esta situaci�n no solo es moralmente inaceptable, sino que adem�s atenta contra la sostenibilidad del sistema de salud en la isla. Adem�s, enumer� las consecuencias tangibles y devastadoras de esta disparidad:
�xodo de Profesionales de la Salud: Cada a�o, decenas de m�dicos y especialistas abandonan Puerto Rico en busca de mejores condiciones salariales en los estados, dejando o limitando a comunidades sin acceso a servicios m�dicos esenciales.
Acceso Limitado a Especialistas: Debido a la falta de equiparaci�n econ�mica, especialidades cr�ticas como pediatr�a, neurolog�a, cardi�logos, onc�logos y otros profesionales prominentes en la industria de salud, han disminuido sus servicios en Puerto Rico dr�sticamente, poniendo en riesgo a miles de pacientes.
Colapso del Sistema de Salud: Los hospitales, farmacias y cl�nicas en Puerto Rico operan con m�rgenes financieros reducidos, enfrentando dificultades para cubrir costos operacionales y mantener est�ndares de calidad. Evidencia de esto se han enmarcado en los medios noticiosos en las pasadas semanas, meses y a�os.
COOPHARMA argument� que equiparar los pagos de Medicare y Medicaid en Puerto Rico con los de los estados no es solo un acto de justicia, sino tambi�n una decisi�n financieramente inteligente para el gobierno federal. Es de la opini�n que tal equiparaci�n producir�a un efecto positivo en la salud f�sica de los pacientes como en justicia social para todos los proveedores de salud, como lo es:
reducir�a la carga sobre los hospitales y m�dicos, evitando el cierre de instalaciones m�dicas y reduciendo la necesidad de traslados costosos de pacientes a los Estados Unidos.
Incentivar�a la retenci�n y atracci�n de profesionales de la salud, asegurando una red m�dica m�s s�lida y accesible para los ciudadanos.
Fortalecer�a la econom�a de la isla, permitiendo que el sector de la salud contin�e generando empleos y contribuyendo al desarrollo de Puerto Rico.
Concluy�, realizando las siguientes recomendaciones:
Enmendar el presente estudio tarifario al sector de farmacia. Esta acci�n es urgente, loable y de inter�s p�blico y de deber ministerial del Gobierno de Puerto Rico sobre la salud de todos los puertorrique�os.
Eliminar el tope en los fondos de Medicaid y equiparar su asignaci�n con la de los estados.
Aumentar las tarifas de reembolso de Medicaid en Puerto Rico al mismo nivel que en el resto del pa�s, evaluando la situaci�n de los retos que enfrenta el sector en la Isla.
IMPACTO FISCAL MUNICIPAL
En cumplimiento con el Art�culo 1.007 de la Ley 107-2020, seg�n enmendada, conocida como �C�digo Municipal de Puerto Rico�, la Comisi�n de Salud certifica que la R. C. del S. 31 no impone una obligaci�n econ�mica en el presupuesto de los gobiernos municipales.
HALLAZGOS Y RECOMENDACIONES
La presente medida pretende ordenar a la Administraci�n de Servicios de Salud (ASES) la creaci�n de un Comit� de Estudio sobre las tarifas de pago a m�dicos bajo Medicaid en Puerto Rico, a los fines de evaluar la disparidad existente en comparaci�n con las tarifas federales, analizar su impacto en la retenci�n de profesionales de la salud y la calidad de los servicios m�dicos, y presentar recomendaciones para garantizar pagos equitativos a los proveedores de salud en la Isla.
Si bien es cierto, que la ASES cuenta con la Oficina de Cumplimiento, la cual tiene la responsabilidad de monitorear el cumplimiento de las leyes y regulaciones que rigen el sector del seguro de salud del Gobierno de Puerto Rico y cuenta con el �rea de Procedimientos Adjudicativos, para resolver las quejas presentadas por los beneficiarios las reclamaciones presentadas por los proveedores m�dicos con relaci�n a pagos inferiores a las tarifas establecidas por la ASES, siempre hay espacio para buscar opciones de mejorar el sistema de salud para nuestros ciudadanos.
Aunque reconocemos que la ASES ha realizado esfuerzos para garantizar el pago de las tarifas justas a los proveedores, coincidimos con la autora de la medida en la necesidad de crear este Comit� de Estudio sobre las tarifas de pago a m�dicos bajo Medicaid en Puerto Rico. La encomienda del Comit� ser� de suma utilidad para identificar soluciones para reducir la fuga de profesionales de salud y mitigar el impacto que ello tiene sobre la prestaci�n de servicios de salud en un sistema que enfrenta tantos retos fiscales. Adem�s, con este di�logo multisectorial, se podr�n identificar pr�cticas que optimicen la calidad de los servicios m�dicos y fortalezcan la capacidad de respuesta de nuestros hospitales.
Luego de realizar un an�lisis exhaustivo de la pieza legislativa y analizar los argumentos y comentarios esbozados por las diferentes agencias y entidades consultadas, se pudieron identificar algunos cambios que corresponden para lograr una mejor implementaci�n de la medida. Es por esto, que la Comisi�n de Salud acoge las siguientes sugerencias:
Incluir como parte del Comit� de Estudio a (1) la Puerto Rico Federal Affairs Administration (PRFAA) y (2) la Autoridad de Asesor�a Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico (AAFAF).
Enmendar el art�culo 3 (1), para ampliar el �mbito de examen del Comit� de Estudio para que puedan evaluar tambi�n las disparidades en los programas de Medicare Advantage.
Ampliar la representaci�n de los m�dicos en el Comit� de Estudio.
Realizar enmiendas t�cnicas a la Exposici�n de Motivos.
CONCLUSI�N
POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisi�n de Salud del Senado de Puerto Rico, luego de la consideraci�n correspondiente, tiene a bien someter a este Alto Cuerpo su Informe, RECOMENDANDO LA APROBACI�N de la Resoluci�n Conjunta del Senado 31 con las enmiendas contenidas en el Entirillado Electr�nico que se acompa�a.
Respetuosamente sometido,
Juan Oscar Morales Rodr�guez
Presidente
Comisi�n de Salud
PAGE \* MERGEFORMAT 2
Comisi�n de Salud
Informe Positivo de la Resoluci�n Conjunta del Senado 31
DRAFT
*.456�����������Խ�����������uu`H/hqDhjB5�CJ4OJPJQJ^JaJ4mH
sH
)hV65�CJ4OJPJQJ^JaJ4mH
sH
/hqDhjBCJ$OJPJQJ\�^JaJ$mH
sH
-h��h<Q�B*OJPJQJ^JmH
phsH
0h��hjBB*H*OJPJQJ^JmH
phsH
-h��hjBB*OJPJQJ^JmH
phsH