States / Puerto Rico / RC 668

RC 668 Amended

Para ordenar a la Comisión de la Región Norte de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el estado de la infraestructura, la operación, la continuidad y la idoneidad de las estaciones de bombeo provisionales de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (A.A.A.) ubicadas en el municipio de Arecibo, particularmente en los sectores La Puntilla y El Fuerte; evaluar los riesgos que su condición representa para la salud, el ambiente y la actividad económica; formular recomendaciones y propuestas dirigidas a mejorar la calidad, eficiencia, confiabilidad y continuidad de los servicios provistos por dichas instalaciones; y para otros fines relacionados.

Introduced
In Committee
Floor
Crossed Over
Passed
Enacted
Compare versions →
Texto de Aprobación Final en Cámara May 7, 2026 · 1.7K words Open full page ↗

��ࡱ�>�� SV����R�������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������� ���&bjbjx!x! v@K?kK?k���������

�

CCCCC$����gggP�D�$g�;�555� >� � �;�;�;�;�;�;�;�>�`At�;C� y "� � � �;CC55D�;�!�!�!� vC5C5S9D�!� �;�!�!�#0��15���������������o!R�0?9�;0�;�0��A�!.�A(�1�1��ACg2�� � �!� � � � � �;�;�!� � � �;� � � � ���������������������������������������������������������������������A� � � � � � � � � �

 : (TEXTO DE APROBACI�N FINAL POR LA C�MARA)PRIVATE (7 DE MAYO DE 2026) GOBIERNO DE PUERTO RICO 20ma. Asamblea 3ra. Sesi�n Legislativa Ordinaria C�MARA DE REPRESENTANTES R. de la C. 668 13 DE ABRIL DE 2026 Presentada por el representante Robles Rivera Referida a la Comisi�n de Asuntos Internos RESOLUCI�N Para ordenar a la Comisi�n de la Regi�n Norte de la C�mara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigaci�n exhaustiva sobre el estado de la infraestructura, la operaci�n, la continuidad y la idoneidad de las estaciones de bombeo provisionales de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (A.A.A.) ubicadas en el municipio de Arecibo, particularmente en los sectores La Puntilla y El Fuerte; evaluar los riesgos que su condici�n representa para la salud, el ambiente y la actividad econ�mica; formular recomendaciones y propuestas dirigidas a mejorar la calidad, eficiencia, confiabilidad y continuidad de los servicios provistos por dichas instalaciones; y para otros fines relacionados. EXPOSICI�N DE MOTIVOS La Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (A.A.A.) opera y mantiene estaciones de bombeo de agua potable y sanitaria como componentes esenciales de la infraestructura de servicios p�blicos a lo largo de todo Puerto Rico. Asimismo, la A.A.A. ha recurrido a la instalaci�n de sistemas de bombeo de manera provisional para atender situaciones que comprometen la continuidad del servicio. No obstante, en reiteradas ocasiones, estas soluciones temporeras se han extendido indefinidamente, sin que se establezcan soluciones permanentes que garanticen un servicio adecuado y seguro a las comunidades afectadas. Esta situaci�n refleja una falla sist�mica en la planificaci�n y ejecuci�n de proyectos de infraestructura por parte de la A.A.A., con consecuencias directas sobre la salud p�blica, el ambiente y el desarrollo econ�mico de las comunidades servidas. Ilustraci�n concreta de esta problem�tica la constituyen las estaciones de bombeo ubicadas en los sectores La Puntilla y El Fuerte del municipio de Arecibo, cuya situaci�n refleja con particular gravedad las consecuencias de la ausencia de planificaci�n a largo plazo en materia de infraestructura de servicios esenciales. En el caso de la estaci�n de bombeo de aguas sanitarias de La Puntilla, la tuber�a que serv�a al casco urbano de Arecibo se vio afectada tras el paso del Hurac�n Mar�a en el a�o 2017. Desde entonces, la A.A.A. instal� un sistema provisional de bombeo que se encuentra ubicado en medio de la zona gastron�mica del municipio. Este sistema ha presentado desbordamientos durante eventos de lluvia, lo que afecta negativamente la salud p�blica, el ambiente, el turismo y la calidad de vida de residentes y visitantes. Estos desbordamientos representan, adem�s, una posible violaci�n de las regulaciones ambientales estatales y federales aplicables a la descarga de aguas sanitarias, incluyendo las disposiciones de la Ley Federal de Agua Limpia (Clean Water Act, 33 U.S.C. � 1251 et seq.) y la reglamentaci�n de la Agencia de Protecci�n Ambiental de Puerto Rico. Resulta inaceptable que, tras m�s de ocho (8) a�os del paso de dicho fen�meno atmosf�rico, a�n se dependa de una infraestructura provisional que impacta directamente el desarrollo econ�mico y social del municipio. Cabe se�alar que el Plan de Acci�n de Recuperaci�n de la A.A.A., financiado en parte con fondos federales asignados tras el Hurac�n Mar�a, contemplaba la reconstrucci�n de infraestructura sanitaria permanente, por lo que la subsistencia de estas soluciones temporeras plantea interrogantes sobre la ejecuci�n y fiscalizaci�n de dichos fondos. Por otro lado, la estaci�n de bombeo de agua en el sector El Fuerte sufre frecuentes desbordamientos durante eventos de lluvia y queda fuera de servicio ante interrupciones en el suministro el�ctrico, afectando a m�ltiples comunidades que dependen de este sistema para su acceso a servicios esenciales. La vulnerabilidad de esta estaci�n ante interrupciones el�ctricas evidencia adem�s la ausencia de sistemas de energ�a de reserva o respaldo, lo que agrava el riesgo para la poblaci�n en situaciones de emergencia, en aparente incumplimiento con los est�ndares de resiliencia exigidos por la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA) para infraestructura cr�tica financiada con fondos federales de recuperaci�n. Ante esta situaci�n, la C�mara de Representantes de Puerto Rico estima imperativo ejercer su funci�n fiscalizadora e investigar el estado de dichas instalaciones, las razones por las cuales contin�an operando como soluciones temporeras m�s de siete a�os despu�s del Hurac�n Mar�a, el uso y disposici�n de los fondos p�blicos asignados para su sustituci�n, y las acciones concretas y los plazos requeridos para el establecimiento de soluciones permanentes que garanticen servicios seguros, continuos y de calidad a las comunidades afectadas. RESU�LVESE POR LA C�MARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO: Secci�n 1.-Se ordena a la Comisi�n de la Regi�n Norte de la C�mara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigaci�n exhaustiva sobre el estado de la infraestructura, la operaci�n, la continuidad y la idoneidad de las estaciones de bombeo provisionales de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (A.A.A.) ubicadas en el municipio de Arecibo, particularmente en los sectores La Puntilla y El Fuerte; evaluar los riesgos que su condici�n representa para la salud, el ambiente y la actividad econ�mica; formular recomendaciones y propuestas dirigidas a mejorar la calidad, eficiencia, confiabilidad y continuidad de los servicios provistos por dichas instalaciones. Secci�n 2.- Como parte de dicha investigaci�n, la Comisi�n deber� identificar y examinar, sin que se entienda como una limitaci�n, lo siguiente: La localizaci�n y descripci�n de todas las estaciones de bombeo provisionales en operaci�n, espec�ficamente en la regi�n de Arecibo; El estado f�sico, estructural y operacional de las estaciones de bombeo provisionales ubicadas en los sectores La Puntilla y El Fuerte; El tiempo que llevan operando como soluciones temporeras y las razones por las cuales no se han establecido soluciones permanentes a la fecha; El origen y estado de ejecuci�n de los fondos p�blicos, incluyendo fondos federales de recuperaci�n asignados tras el Hurac�n Mar�a, destinados a la reconstrucci�n o mejoramiento de dicha infraestructura; El cumplimiento de las estaciones con las regulaciones ambientales estatales y federales aplicables, incluyendo las disposiciones de la Ley Federal de Agua Limpia y la reglamentaci�n de la Agencia de Protecci�n Ambiental de Puerto Rico; Un an�lisis de los riesgos que la condici�n de dichas instalaciones representa para la salud p�blica, el ambiente y la actividad econ�mica de las comunidades afectadas; La disponibilidad y suficiencia de sistemas de energ�a de reserva o respaldo en las estaciones examinadas, a la luz de los est�ndares de resiliencia aplicables a infraestructura cr�tica; Un plan de acci�n que incluya cronograma, costos estimados y fuentes de financiamiento para la reconstrucci�n de las soluciones provisionales por infraestructura permanente. Secci�n 3.- La Comisi�n queda autorizada a solicitar informaci�n, realizar vistas p�blicas, inspecciones oculares, requerir la comparecencia de funcionarios y representantes de entidades p�blicas o privadas pertinentes, y llevar a cabo cualquier otra gesti�n necesaria para cumplir con los prop�sitos de esta Resoluci�n. Secci�n 4.- La Comisi�n rendir� un informe con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones, dentro del t�rmino de ciento ochenta (180) d�as, contados a partir de la aprobaci�n de esta Resoluci�n. Secci�n 5.- Esta Resoluci�n comenzar� a regir inmediatamente despu�s de su aprobaci�n. PAGE 2 #$)*2347:>EFGHIJKSbc��������������yk]OAh�k�CJOJQJmH

sH

h9*�CJOJQJmH

sH

h��CJOJQJmH

sH

hl�CJOJQJmH

sH

&hU(�hl�5�OJQJ\�aJmH

Sign in to read the full text

The document summary and details above are public. The full text is available to signed-in accounts.