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PS 72 Failed

Para enmendar el inciso (p) del Artículo 4 de la Ley 73-2019, según enmendada, conocida como “Ley de la Administración de Servicios Generales para la Centralización de las Compras del Gobierno de Puerto Rico de 2019”, a los fines de incluir y/o clasificar como entidad exenta al Departamento de Agricultura del Gobierno de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.

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1er Informe Conjunto Comisiones rendido con enmiendas Jun 25, 2025 · 3.6K words Open full page ↗

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Sesi�n Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO P. del S. 72 INFORME POSITIVO 25 de junio de 2025 AL SENADO DE PUERTO RICO: Las Comisiones de Gobierno; y de Agricultura del Senado de Puerto Rico previo estudio y consideraci�n del P. del S. 72, recomiendan a este Alto Cuerpo su aprobaci�n con enmiendas. ALCANCE DE LA MEDIDA El Proyecto del Senado 72 tiene el prop�sito de enmendar la Ley N�m. 73-2019, seg�n enmendada, conocida como �Ley de la Administraci�n de Servicios Generales para la Centralizaci�n de las Compras del Gobierno de Puerto Rico de 2019�, a los fines de incluir y/o clasificar como entidad exenta al Departamento de Agricultura del Gobierno de Puerto Rico. An�lisis de la Medida La Exposici�n de Motivos del Proyecto del Senado 72 resalta que la alimentaci�n escolar es clave para el bienestar de los estudiantes del sistema p�blico en Puerto Rico. A trav�s de la Autoridad Escolar de Alimentos, el Departamento de Educaci�n garantiza comidas nutritivas que cumplen con est�ndares federales y que podr�an incluir productos agr�colas locales. Sostiene, adem�s, que, la implementaci�n de la Ley N�m. 732019, seg�n enmendada, que centraliza las compras del Gobierno a trav�s de la Administraci�n de Servicios Generales (ASG), ha provocado retrasos y dificultades operacionales en el Departamento de Agricultura que le impiden adquirir productos frescos dentro de los ciclos de cosecha. Esta situaci�n afecta negativamente la calidad de los alimentos servidos en los comedores escolares, reduce las oportunidades para los agricultores locales y aumenta la dependencia de mercados externos, lo que eleva los costos y pone en riesgo los fondos federales que sustentan estos programas. Ante este panorama, la medida propone eximir al Departamento de Agricultura de las disposiciones de la Ley N�m. 732019, seg�n enmendada, de manera que pueda comprar directamente productos agr�colas cosechados en Puerto Rico. Esta soluci�n permitir�a atender con agilidad las necesidades del programa de alimentaci�n escolar, a la vez que se apoya la producci�n agr�cola local y se fortalece la econom�a. ALCANCE DEL INFORME Las Comisiones de Gobierno; y de Agricultura del Senado de Puerto Rico, en cumplimiento con su responsabilidad y deber ministerial de estudiar y evaluar el Proyecto del Senado 72, solicitaron y recibieron los memoriales explicativos del Departamento de Agricultura y de la Administraci�n de Servicios Generales. Veamos. DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA El Departamento de Agricultura de Puerto Rico (DAPR) expres� su apoyo al Proyecto del Senado 72, que propone enmendar la Ley 73-2019 para clasificar al DAPR como una entidad exenta de la centralizaci�n de compras gubernamentales bajo la Administraci�n de Servicios Generales (ASG). Seg�n el DAPR, aunque la intenci�n de la Ley N�m. 73-2019 es promover eficiencia, transparencia y reducci�n de gastos, en la pr�ctica sus mecanismos han afectado el cumplimiento de su misi�n ministerial de garantizar la producci�n y distribuci�n de alimentos en la Isla. El DAPR se�ala que sus compras �particularmente las relacionadas con productos agr�colas� son constantes, especializadas, perecederas y sujetas a regulaciones estatales y federales. Sostuvo que el Programa de Mercadeo de la ADEA, adscrito al DAPR, opera siete centros de distribuci�n alrededor de Puerto Rico que compran, empacan y distribuyen alimentos frescos a instituciones p�blicas como escuelas, centros de salud y hogares de envejecientes. Estas operaciones requieren agilidad para completar �rdenes en menos de tres d�as, considerar productos de temporada, responder a sustituciones solicitadas por las instituciones y coordinar m�ltiples agricultores por orden. Arguy� que, la estructura de subastas de ASG, que fija precios por largos periodos y limita la flexibilidad, no se ajusta a estas necesidades. Asimismo, el Programa de Compraventa de Caf�, tambi�n bajo ADEA, mantiene el abasto continuo de caf� local e importado a los torrefactores del pa�s. Se�al� que este proceso, regulado por normas internacionales como las de la Specialty Coffee Association, requiere planificaci�n precisa de importaciones, licitaciones internacionales, cataciones y control de calidad, con una ventana de cosecha muy limitada. La dependencia del DAPR en ASG para estos tr�mites ha causado demoras que amenazan la continuidad del servicio y comprometen la seguridad alimentaria. El Departamento argument� que cuenta con la capacidad t�cnica, el personal especializado �incluyendo agr�nomos� y la infraestructura para manejar sus propios procesos de adquisici�n. Adem�s, destac� que la variabilidad de los precios agr�colas hace impr�ctico fijarlos mediante contratos multianuales, como exige ASG, lo cual limita a los agricultores y reduce la eficiencia del sistema. Incluso cuando el agricultor adjudicado no puede suplir, las normas actuales dificultan la compra en el mercado abierto, aun cuando haya opciones m�s econ�micas disponibles. Aunque el DAPR reconoce los esfuerzos de la ASG, como la implementaci�n de la plataforma J.E.D.I. para agilizar procesos, insiste en que su naturaleza operativa requiere un modelo separado. Por ello, recomienda que la exenci�n propuesta en el P. del S. 72 tambi�n incluya expresamente a la ADEA, agencia responsable de ejecutar la mayor�a de las compras agr�colas y de administrar programas clave como el de Mercadeo, Compraventa de Caf� y aquellos relacionados con fondos federales o recuperaci�n post-FEMA. En conclusi�n, el DAPR solicita mantener su sistema de compras independiente para poder cumplir con su deber ministerial y asegurar un abasto alimentario continuo, eficiente y justo para Puerto Rico. ADMINISTRACI�N DE SERVICIOS GENERALES La Administraci�n de Servicios Generales (ASG) expres� que la Ley N�m. 73-2019 es una legislaci�n moderna y din�mica que ha logrado importantes avances en eficiencia, fiscalizaci�n y transparencia, en parte gracias a la digitalizaci�n de procesos mediante la plataforma J.E.D.I. Se�al� que la plataforma ha permitido automatizar hasta 21 pasos del proceso de adquisici�n y ha reducido dr�sticamente el tiempo promedio de tramitaci�n, permitiendo que el 87% de las compras contra contrato se completen en 24 horas o menos. Adem�s, subraya que la centralizaci�n no impide la agilidad, pues ha aprobado m�s de 60 categor�as de contratos centralizados y ha implementado m�todos como las micro compras para responder a necesidades de las agencias. En el caso particular de productos agr�colas, la ASG sostuvo que celebr� las subastas 22-016 y 22-0616-R1 a petici�n de la ADEA, con el fin de establecer contratos que cumplieran con los requisitos del Departamento de Agricultura Federal (FNS) y evitar los se�alamientos previos relacionados con falta de competencia y fraccionamiento de compras. La ASG destac� que el retraso en la adjudicaci�n de la subasta 22-0616 fue causado por la inacci�n de la ADEA y la Autoridad Escolar de Alimentos, quienes no completaron su evaluaci�n t�cnica a tiempo. A pesar de estos contratiempos, el contrato centralizado resultante permiti� la venta de m�s de $59 millones en productos agr�colas, cumpliendo con las normativas federales y asegurando la continuidad del programa escolar. En cuanto a los efectos de eximir completamente al Departamento de Agricultura, la ASG se�al� que ello representar�a un retroceso en los logros alcanzados. De implementarse la exenci�n, el DAPR tendr�a que operar fuera del sistema financiero unificado ERP que se implementar� en 2026, lo que implicar�a regresar a procesos manuales, con mayor riesgo de errores, lentitud y problemas de fiscalizaci�n, adem�s de representar un gasto adicional contrario al mandato del Plan Fiscal certificado. Como alternativa, la ASG sugiri� enmendar la Ley N�m. 73-2019 para atender las preocupaciones del sector agr�cola sin debilitar el marco de integridad en las compras p�blicas. Entre sus propuestas se incluyen: crear una categor�a de compra excepcional para productos agr�colas, permitir contratos de hasta cinco a�os, otorgar reconocimiento autom�tico al Certificado de Agricultor en el Registro �nico de Licitadores, facilitar enmiendas a �rdenes de compra emitidas, establecer tasas preferenciales presupuestarias, y fomentar que la Autoridad de Tierras d� prioridad a suplidores locales en proyectos con fondos legislativos. La ASG concluye que, si bien reconoce la intenci�n de la medida legislativa de apoyar la alimentaci�n escolar y el desarrollo agr�cola, considera que existen mecanismos viables para lograr estos fines sin desarticular el marco legal vigente ni comprometer la eficiencia, legalidad y sostenibilidad fiscal del sistema de compras p�blicas. IMPACTO FISCAL MUNICIPAL En cumplimiento con el Art�culo 1.007 de la Ley N�m. 107-2020, seg�n enmendada, conocida como �C�digo Municipal de Puerto Rico�, las Comisiones de Gobierno; y de Agricultura certifican que el Proyecto del Senado 72 no impone una obligaci�n econ�mica adicional en los presupuestos de los gobiernos municipales. CONCLUSI�N Luego de analizar el Proyecto del Senado 72 y las ponencias recibidas, las Comisiones de Gobierno; y de Agricultura del Senado de Puerto Rico concluyen que la medida propuesta responde a una necesidad real y apremiante del Departamento de Agricultura para cumplir eficazmente con su deber ministerial de garantizar el abasto de productos agr�colas frescos y de calidad, particularmente en programas sensitivos como el de alimentaci�n escolar. Si bien se reconocen los esfuerzos realizados por la Administraci�n de Servicios Generales para modernizar y agilizar los procesos de compras gubernamentales, las particularidades de la gesti�n agr�cola requieren un marco m�s flexible que permita responder con prontitud a las condiciones cambiantes del mercado, los ciclos de cosecha y las demandas institucionales. Eximir al Departamento de Agricultura de las disposiciones de la Ley N�m. 73-2019 permitir� que esta agencia utilice su experiencia, estructura y personal especializado para ejecutar compras directamente, fortalecer el desarrollo econ�mico agr�cola y garantizar alimentos frescos y adecuados en los comedores escolares. Esta medida permitir� atender las limitaciones actuales, sin menoscabar los principios de buena administraci�n p�blica, y en beneficio del bienestar alimentario de nuestra poblaci�n y del fortalecimiento del sector agr�cola puertorrique�o. POR TODO LO ANTES EXPUESTO, las Comisiones de Gobierno; y de Agricultura del Senado de Puerto Rico previo estudio y consideraci�n, tienen a bien presentar ante este Alto Cuerpo el Informe Positivo sobre el Proyecto del Senado 72, recomendando su aprobaci�n con las enmiendas contenidas en el Entirillado Electr�nico que se acompa�a. Respetuosamente sometido, SEN. �NGEL A. TOLEDO L�PEZ Presidente Comisi�n de Gobierno del Senado de Puerto Rico SEN. JEISON ROSA RAMOS Presidente Comisi�n de Agricultura del Senado de Puerto Rico Comisiones de Gobierno; y de Agricultura Informe Positivo sobre el P. del S. 72 P�gina PAGE \* MERGEFORMAT 14 +,-./:?AZ]fgh��ȶ�ړ����p�_�M;#h(c�h�T�5�OJQJaJmH

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