States / Puerto Rico / PS 536

PS 536 In Committee

Para enmendar el Artículo 4 de la Ley Núm. 5 de 30 de diciembre de 1986, según enmendada, conocida como "Ley Orgánica de la Administración para el Sustento de Menores", a los fines de establecer que, en casos donde un menor de edad que recibe pensión alimentaria procree un hijo y se convierta en obligado a pagar una pensión, el progenitor del menor no estará obligado a realizar pagos duplicados de pensión alimentaria; y para otros fines relacionados.

Introduced
In Committee
Floor
Crossed Over
Passed
Enacted
Aug 14, 2025 · Legislative Assembly of Puerto Rico
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Apr 10, 2025 · Legislative Assembly of Puerto Rico
Radicado
Apr 10, 2025 · Senate
Aparece en Primera Lectura del Senado
Apr 10, 2025 · Legislative Assembly of Puerto Rico
Referido a Comisión(es)