States / Puerto Rico / PC 575

PC 575 Passed First Chamber

Para enmendar el Artículo 3.14 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como "Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico", a los fines de extender la vigencia de las licencias de conducir de aquellos miembros de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América o de la Reserva de las Fuerzas Armadas o de la Guardia Nacional de Puerto Rico domiciliados en Puerto Rico, a quienes se les venzan las mismas, mientras se encontrasen activados y movilizados a prestar servicios; otorgarles un término de tiempo de ciento veinte (120) días, una vez culminen su periodo de activación y movilización y regresen a Puerto Rico, para realizar los trámites de rigor para renovar sus licencias de conducir; ordenar al Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas a establecer los mecanismos que sean necesarios para que en estos casos, la licencia pueda ser renovada en línea; y para otros fines relacionados.

Introduced
In Committee
Floor
Crossed Over
Passed
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Ley 162-2025 Dec 15, 2025 · 1.6K words Open full page ↗

(P. de la C. 575) _ q

LEY

Para enmendar el Artículo 3,14 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley

de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a los fines de extender la vigencia de las

licencias de conducir de aquellos miembros de las Fuerzas Armadas de los Estados

Unidos de América o de la Reserva de las Fuerzas Armadas o de la Guardia

Nacional de Puerto Rico domiciliados en Puerto Rico, a quienes se les venzan las

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