States / Puerto Rico / PC 1066

PC 1066 In Committee

Para establecer que, en caso de fallecimiento de un miembro activo de la Policía de Puerto Rico, sus hijos menores de edad recibirán el cien por ciento (100%) de la pensión que le hubiese correspondido al agente; disponer que dicha pensión se otorgará hasta que los hijos beneficiarios cumplan dieciocho (18) años, o hasta los veintiún (21) años si están matriculados en una institución educativa reconocida luego de haberse graduado de escuela superior; establecer que este beneficio aplicará independientemente de si el fallecimiento ocurrió en cumplimiento del deber o por causas no relacionadas al servicio; y para otros fines relacionados

Introduced
In Committee
Floor
Crossed Over
Passed
Enacted

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Chamber
Senate
Introduced
Jan 19, 2026
Last action
Jan 27, 2026 — Referido a Comisión(es)
Session
2025-2028
Momentum
27 · Low