States / Puerto Rico / PC 8
PC 8 Failed
Para enmendar el Artículo 11.4 de la Ley 239 - 2004, según enmendada, conocida como “Ley General de Sociedades Cooperativas de Puerto Rico de 2004”, y el Artículo 5.03 de la Ley 255-2002, según enmendada, conocida como “Ley de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Crédito de 2002”, para establecer que, en el caso de que en una primera convocatoria no se pueda lograr el quórum requerido y se emita una segunda convocatoria para la asamblea, la segunda convocatoria nunca será anterior a treinta (30) minutos más tarde de la primera convocatoria.
Introduced
In Committee
Floor
Crossed Over
Passed
Enacted
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- Chamber
- Senate
- Introduced
- Jan 2, 2025
- Last action
- Jan 29, 2026 — Retirada por su Autor
- Session
- 2025-2028
- Momentum
- 5 · Stalled